José Ignacio Orías, el estudiante de 18 años que el martes presentó un recurso de amparo constitucional apegado a la objeción de conciencia para no realizar el servicio militar obligativo, informó que el Tribunal de Justicia de La Paz resolvió declarar parcialmente procedente su recurso, lo que podría establecer jurisprudencia y sentar un precedente en estos casos.
"La resolución es muy nueva en Bolivia, ya que se instruye por primera vez al Ministerio de Defensa modificar la norma para incluir la posibilidad de apegarse a la objeción de conciencia. Pero en el presente no es posible cumplir la determinación ya que no existe la disposición normativa", explicó.
Esta instancia se da por segunda vez. Un caso similar ocurrió en octubre de 2002 cuando el joven Alfredo Díaz Bustos, testigo de Jehová, recurrió al mismo derecho y lo obtuvo en junio de 2005.
Dijo además que se determinó otorgarle el beneficio de que pueda acceder a una libreta de servicio militar, pero que para ello debe seguir un procedimiento, dentro del cual se hace un requerimiento de certificación de conciencia.
El joven alegó que "estoy pidiendo que se me dé la libreta (de exención) militar y yo espero poder servir a mi país y poder demostrar que no es un fusil el que determina mi amor por mi patria".
Según el artículo 249 de la Constitución Política, establece que el servicio militar obligatorio deben cumplirlo los varones de 18 a 45 años, salvo casos de incapacidad. / ANF
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