Monday, April 6, 2015

Ley radicaliza penas en FFAA y amplía mandatos de jefes

La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA) radicaliza las sanciones a los efectivos militares que participen de actos públicos, manifestaciones y entrevistas en medios de comunicación sin autorización del inmediato superior.

La pena es la máxima para los uniformados: el retiro obligatorio.

En la misma norma, se amplió el mandato a dos años para los comandantes de las tres fuerzas y Evo Morales será quien decida el tiempo de mandato del comandante general de las FFAA, que como máximo podrá estar cinco años seguidos.

El comandante de las FFAA, general Omar Salinas, informó que la normativa se transferirá al Ministerio de Defensa para que la evalúe y sea la instancia que reenvíe el proyecto a la Asamblea Legislativa. “Es una labor de mucho tiempo en mesas de trabajo. Se consensuó y se logró un resultado final”, dijo la autoridad militar.

Salinas evitó comentar sobre el tiempo de mandato de los jefes militares y ratificó las duras sanciones a uniformados que participen de movilizaciones y entrevistas. “Hubo una mala experiencia con un grupo de suboficiales y sargentos. Ellos no deliberan y no respetaron conductos regulares”, dijo.

Protesta de subalternos
Por su parte, un suboficial denunció que la norma “fue impuesta” por el comando general y que la elaborada en la mesa de trabajo fue desechada. Dijo que se radicalizan las sanciones y que en el primer borrador el mandato de un jefe militar era de tres años.

Según el artículo 120 de la LOFA, ocho son los motivos para que un efectivo sea sancionado con retiro obligatorio.

Un militar está prohibido de “publicar, dictar conferencias o emitir opiniones orales o escritas, sobre temas que comprometan secretos militares y afecten la moral o la disciplina”.

Tampoco puede formar parte de partidos políticos y de logias. También será sancionado aquel efectivo que no acate órdenes superiores. Hay la “prohibición para realizar manifestaciones públicas y peticiones de manera colectiva” y “prohibición de atribuirse la representatividad de la institución y el mando natural”.

Un militar que quiera hablar a través de un medio de comunicación debe pedir permiso a la “autoridad inmediata” por conducto regular, caso contrario será pasible a un retiro obligatorio.

Sobre el tiempo de mandato del comandante general, la norma dice que “será ejercido por un período determinado por el Capitán General de las Fuerzas Armadas (el presidente del Estado) por un tiempo máximo de cinco años y tendrá carácter de alternabilidad entre las fuerzas”.

Los jefes de fuerza (Ejército, Naval y Aérea) se mantendrán dos años en el cargo

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